DAÑOS EN VIVIENDAS POR DANA

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Informamos de los REQUISITOS QUE SE TIENEN QUE CUMPLIR PARA PODER SOLICITAR AYUDAS DE LA CARM con motivo de los daños ocasionados por el fenómeno meteorológico DANA en VIVIENDAS :

–          La vivienda que presente los daños debe ser una vivienda habitual. Para lo que se debe aportar el padrón y un informe policial.

–          NO tener seguro de la vivienda.

–          Los daños producidos han de ser en estancias habitables: cocinas, habitaciones, salones… (NO sótanos, NI garajes….)

–          La entrada del agua debe haberse producido por la puerta, NO por el techo, NI filtraciones por las paredes. Las casas cuevas son una excepción.

LÍMITE DE ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA DE LOS DAÑOS ES EL 20 DE NOVIEMBRE DE 2019. INDICAREMOS CÓMO PROCEDER A LOS QUE CUMPLAN ESTOS REQUISITOS MARCADOS POR LA CARM.