La Consejería de Medio Ambiente suspende temporalmente las autorizaciones de quemas agrícolas ante el riesgo extremo de incendio forestal por ola de calor

SALTO DE MARIN

No estará permitido el acceso con vehículos a motor a los parques regionales y montes de utilidad pública desde las 6:00 horas del viernes hasta la misma hora del domingo.

También se limita el uso de maquinaria en labores forestales y aumentan los trabajos de inspección.

Estas medidas se mantendrán hasta el 30 de abril.

La Consejería de Medio Ambiente ha suspendido temporalmente las autorizaciones de quemas agrícolas en el área de influencia de terreno forestal, limita el uso de maquinaria en labores forestales y aumenta los trabajos de inspección debido al riesgo extremo de incendio forestal como consecuencia de la ola de calor de la que alerta la Agencia Estatal de Meteorología.

Esta situación meteorológica, que se mantendrá hasta el domingo, traerá temperaturas muy elevadas acompañadas de vientos de componente sur y un estancamiento del aire y recalentamiento. Estas temperaturas son especialmente altas para la segunda quincena de un mes de abril, con una anomalía de hasta 12 grados centígrados por encima del percentil.

Las medidas incluyen la restricción de acceso a vehículos motorizados en los espacios naturales de la Región de Murcia con las principales masas forestales, con el objetivo de reducir los tránsitos y actividades. Para ello, desde el viernes, 28 de abril, a las 6:00 horas, estarán cerrados todos los accesos a los montes de titularidad pública hasta las 6:00 horas del domingo, 30 de abril. En concreto, permanecerán cerrados los accesos principales a los Parques Regionales de Sierra Espuña, El Valle y Carrascoy, Sierra de la Pila y Sierra del Carche, además de los montes públicos de la comarca del Noroeste, de Lorca y del Altiplano, entre otros.

Se han puesto en marcha una serie de medidas preventivas tales como la suspensión temporal de la vigencia de las autorizaciones de quemas agrícolas y forestales, entre las 17:00 horas del 25 de abril y las 10:00 del día 1 de mayo; se limita el empleo de maquinaria en trabajos forestales autorizados a la franja horaria comprendida entre las 06:00 y las 13:00 horas, con excepción del uso de calderas para extracción de aromáticas que podrán ejecutarse entre las 05:00 y las 13:00.

Además, se prohíbe realizar cualquier tipo de trabajo que precise el empleo de maquinaria del tipo equipos radiales, soldadura, desbrozadora de disco o astilladora en la superficie forestal y en una distancia inferior a 100 metros alrededor de esta; asimismo, se prohíbe lanzar material pirotécnico a menos de 400 metros de distancia de la superficie forestal y encender fuegos en áreas recreativas.

 

 

 

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